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Los
primeros bienes que se pueden embargar son el dinero de las cuentas corrientes del moroso y su salario.
Pero también en muchos casos se suele embargar la
vivienda. Dado el aumento en el endeudamiento de las familias españolas,
el Banco de España advierte en numerosas
ocasiones, del riesgo que tiene endeudarse hasta niveles
no permitidos.
¿Qué bienes se pueden embargar?
Puede decretarse el embargo de bienes materiales como la vivienda, el coche, joyas, objetos de arte e inmuebles, incluso pueden requisar el crédito de las tarjetas de crédito.
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